martes, 7 de octubre de 2014

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
Profesor: Lic. José Mauricio Menjivar
Estudiante: Ramón Humberto Somoza

Investigar los conceptos  de:   IVA CRÉDITO FISCAL
                                                      IVA DÉBITO FISCAL
CONCEPTO DEBITO FISCAL 
Art. 55.- La aplicación de la tasa a la base imponible de los hechos generadores,
Determina el impuesto que se causa por cada operación realizada en el período tributario
Correspondiente y que para los efectos del presente impuesto, se denomina "Débito
Fiscal".

 CONCEPTO DEL CRÉDITO FISCAL
Art. 57.- Los contribuyentes deberán trasladar a los adquirentes de los bienes y a los
Prestatarios de los servicios, una cantidad equivalente al monto del débito fiscal generado
En cada operación gravada.
Dicha cantidad deberá constar en el Comprobante de Crédito Fiscal a que se refiere
El Art. 97 de esta ley, en forma separada del precio o remuneración de la operación y
Deberá pagarse conjuntamente a los vendedores o a quienes transfieren el dominio de los
Bienes o a los prestadores de los servicios, según quien haya emitido tal documento. Para
Los efectos del presente impuesto la suma trasladada a los adquirentes o prestatarios se
Denomina "Crédito Fiscal".
Respecto de los importadores, constituye crédito fiscal el impuesto pagado en la
Importación o internación.

TIPO DE IMPUESTO
Es  impuesto indirecto, porque no recaen sobre la persona sino sobre los bienes  y servicios, o sobre transacciones, luego, aunque el impuesto lo termine pagando una persona o empresa, se hace a través del consumo de un bien o servicio que está sometido a un impuesto, se hace de forma indirecta.
Los impuestos directos son aquellos que recaen sobre la persona, bien sea natural o jurídica.
El estado sobrevive económicamente mediante los impuestos que impone a la población, y uno de esos impuestos, son los llamados impuestos directos.

Se le conoce como impuesto directo a todo  impuesto que recae directamente sobre la persona, como es el caso del impuesto de renta o el impuesto al patrimonio.
El impuesto directo grava el tener un patrimonio o un ingreso {renta], luego, el impuesto recae directamente sobre la persona o empresa que posee el patrimonio o la renta.
Los impuestos indirectos, no recaen sobre la persona sino sobre los bienes  y servicios, o sobre transacciones, luego, aunque el impuesto lo termine pagando una persona o empresa, se hace a través del consumo de un bien o servicio que está sometido a un impuesto, se hace de forma indirecta.
Podríamos decir también que el impuesto directo recae por quien tiene o posee algo, entre tanto, el indirecto es aquel que recae sobre quien consume o hace algo.

COMO SE CALCULA

Art. 54.  La tasa  del Impuesto es el trece por ciento aplicable sobre la base imponible

     Ejemplo 
   Base imponible  del bien o servicio                              $ 200.00
                        Tasa de Impuesto  13%                              26.00
                         Valor del Bien                                           226.00




FECHA EN QUE ENTRO EN VIGENCIA:
           
Vigencia

PLAZO

Artículo 175.- La presente Ley entrara en vigencia el uno de septiembre de mil novecientos noventa y dos, previa publicación en el Diario Oficial.


CUAL ES LA LEY QUE LA CONTIENE   :     LEY DE IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS  (IVA)


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